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CARTA CONVENIO DE ADHESIÓN CAMPAÑA DESCUENTO 20% CLIENTES ENTEL

 

En Santiago, a __________ de ______________________ de 2023, entre: por una parte, COMERCIAL ARROBA SpA, una sociedad por acciones del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.369.761-4, representada por don Guilhermo Vargas Vidal, cédula de identidad N° 13.891.581-6, ambos domiciliados en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins 949, local 12, comuna de Santiago, en adelante “ARROBA”, y por la otra, el Establecimiento, según se individualizará más adelante, en adelante conjuntamente las “Partes”, se ha acordado lo siguiente, en adelante el “Convenio”

PRIMERO. Antecedentes:

ARROBA es una sociedad que dentro de sus actividades de Marketing, ha organizado en conjunto con ENTEL una promoción denominada “20% descuento a clientes Entel”, en la cual los comercios adheridos a la promoción ofrecerán un 20% de descuento a todos los clientes ENTEL (Prepagos o Planes), que realicen compras con el código de descuento ENTEL, en toda clase de productos exceptuando bebidas alcohólicas y cigarrillos, a fin de Beneficiar a clientes ENTEL y aumentar ventas en el comercio (Establecimiento) adherido.

Para obtener el código de descuento, todo cliente Entel debe descargar la App Entel/Club Entel y en red de almacenes descargar el código de descuento único que se entregará por cliente una vez por día.

El establecimiento es una empresa que proporciona productos a sus clientes.

SEGUNDO. Objeto:

Por el presente instrumento, las Partes acuerdan que ARROBA prestará servicios de promoción al Establecimiento mediante el acceso a precios preferentes a todos sus productos, exceptuando bebidas alcohólicas y cigarrillos, los que serán adquiridos por usuarios de ENTEL que paguen el total de la cuenta con código de descuento ENTEL, en integración que se implementará en punto de venta de establecimiento adherido. El descuento, que será de responsabilidad exclusiva del Establecimiento, consistirá en un 20% (Veinte por ciento) aplicado sobre el total de la cuenta. El monto máximo o tope del descuento a realizar por el Establecimiento es de $3.000 diarios (tres mil pesos) por usuario de ENTEL, el que se efectuará al momento de pagar el total de la boleta, en adelante el “Descuento”. El descuento aplicará entre los días 10 de enero y 10 de febrero de 2023, en adelante la “Vigencia del Descuento”. Se excluyen del descuento las bebidas alcohólicas, cigarrillos, otras promociones u ofertas. Una vez ocupado el código de descuento ENTEL, el cliente ENTEL podrá obtener un nuevo código de descuento, este proceso se podrá repetir durante el plazo definido en este convenio. La restricción de obtención de código de descuento será una vez al día. Dicho control se realizará a través de la Integración www.enlabolsa.cl de ARROBA en el punto de venta del establecimiento adherido. Las Partes podrán acordar por escrito otros beneficios que serán otorgados al establecimiento o clientes del establecimiento.

TERCERO. Responsabilidad por los bienes y servicios vendidos o prestados:

Los productos que el Establecimiento comercialice serán de responsabilidad exclusiva del Establecimiento, no cabiéndole a ARROBA ni a ninguna de sus empresas relacionadas, socios, accionistas, administradores, ejecutivos, empleados o asesores a cualquier título, responsabilidad alguna por la calidad, cantidad, precio, descuento u cualquier otra característica de estos. El Establecimiento mantendrá indemne a ARROBA y a ENTEL.

CUARTO. Cooperación comercial y publicitaria:

El Establecimiento se compromete a exhibir en un lugar visible dentro del mismo, durante el periodo de vigencia del Convenio, el material gráfico preparado por ARROBA y ENTEL para informar acerca de los beneficios otorgados a los clientes ENTEL. El contenido del material gráfico y los costos de producción e instalación de los mismos, serán creados y asumidos en costos por ENTEL y manipulados e implementados por ARROBA. Todo el material gráfico o visual que se prepare deberá ser exhibido en lugares que permitan una buena visibilidad de parte de los clientes, privilegiando los accesos, islas de atención y lugares de pago, quedando su ubicación particular a definir por las Partes. El Establecimiento se obliga a no ofrecer a terceros mejores condiciones de descuento o beneficios que las otorgadas en virtud de este Convenio durante la vigencia del mismo. ENTEL dará a conocer la existencia de este convenio a través de los medios que libremente determine. Todo material publicitario que prepare o confeccione el Establecimiento en que aparezca el logo de ENTEL o en el que se mencione la marca respectiva, deberá ser aprobado previamente por ENTEL a través de ARROBA. Las Partes acuerdan desarrollar una serie de acciones de marketing y publicidad, con el fin de informar a los clientes del Establecimiento, Clientes ENTEL y al público en general la posibilidad de ser Cliente ENTEL, portándose desde otras compañías o adquiriendo líneas nuevas.

QUINTO. Pagos:

Los pagos que ARROBA efectúe al Establecimiento como contraprestación se deberán sustentar a través del uso de la integración ENTEL en el terminal punto de venta del establecimiento adherido. Durante la vigencia del Convenio se realizarán pagos una vez por día lo que corresponderá a los descuentos entregados el día anterior (lunes a viernes hábiles) los descuentos realizados día viernes, sábado y domingo, serán abonados día hábil siguiente. Cualquier diferencia que se produzca en los cálculos de pagos entre las Partes corresponderá acreditarla al Establecimiento mediante la entrega de la correspondiente evidencia. De no existir evidencia y/o acuerdo, cualquiera de ellas podrá recurrir a la instancia arbitral definida en este Convenio.

SEXTO. Canal de comunicación soporte comercial:

Todas las comunicaciones para efectos de soporte comercial del Convenio deberán ser efectuadas a los números telefónicos que se indican a continuación y además ser enviadas por correo electrónico, de lunes a domingo entre las [09:00] am y las [22:00] pm horas, como sigue:

  1. A) ARROBA

Atención: [Soporte Arroba enlabolsa.cl]

Nº telefónico: +56 22 929 9007 y +56 9 3867 2521

Email: contacto@redarroba.cl

  1. B) Establecimiento

Atención: [nombre completo contacto]

Nº telefónico:

Email:

SÉPTIMO. Marcas:

El Establecimiento autoriza expresamente a ARROBA o sus empresas relacionadas para usar en cualquier medio su nombre, marcas y logos comerciales a efectos de promocionar el Descuento. El Establecimiento no podrá utilizar en OTRAS PUBLICIDADES DE OTROS DISTRIBUIDORES el nombre, logotipo, marca de servicio, signo distintivo o señal de propaganda de ENTEL, ni de sus empresas relacionadas sin autorización previa y escrita de ARROBA.

OCTAVO. Base de datos:

El Establecimiento declara y acepta que la base de clientes ENTEL, es y será de propiedad de ENTEL. Al Establecimiento le estará prohibido utilizar los antecedentes o información de los usuarios de ENTEL para fines distintos a los de este Convenio o ceder el uso de tales antecedentes a terceros SOLO SERAN PARA USOS ESTADISTICOS. Del mismo modo, las partes dejan expresa constancia que la base de datos o registros generados con motivo de las transacciones realizadas, son de exclusiva propiedad de ENTEL o sus empresas relacionadas, según corresponda, y por ende, su uso o la información que de ellas pueda obtenerse no puede ser utilizada por terceros. El Establecimiento no podrá utilizar dicha información para sus actividades, tomando en consideración la propiedad antes señalada

NOVENO. Vigencia del Convenio.

Este Convenio, sin perjuicio de su fecha de suscripción, comenzará a regir el 10 de enero y su duración será hasta el 10 de febrero de 2023. No obstante, lo anterior cualquiera de las Partes podrá poner término inmediato al presente Convenio, sin necesidad de declaración judicial alguna, en caso de incumplimiento de las obligaciones que para la otra parte surgen del mismo.

DÉCIMO. Controversias con los clientes. Cualquier controversia o dificultad entre el Establecimiento y los clientes ENTEL, relacionadas con la calidad, cantidad, precio, descuento o cualquier característica del bien vendido por el Establecimiento, deberá ser resuelta directamente entre el Establecimiento y el usuario implicado, sin intervención ni responsabilidad alguna de ARROBA y ENTEL.

Estas bases se encuentran protocolizadas en Primera Notaria de La Reina Muriel Tapia Uribe de Santiago.

 

DÉCIMO PRIMERO. Jurisdicción y competencia:

Toda duda, diferencia o dificultad que surja entre las Partes con motivo u ocasión del presente Convenio, de su interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez, ejecución, terminación, resolución, nulidad y cualquier otra, de cualquier clase que sea, incluyendo las relativas a la existencia y validez de la presente cláusula compromisoria y del compromiso que sigue y las relativas a la competencia del árbitro, será resuelta breve y sumariamente, sin forma de juicio, por un árbitro arbitrador en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, renunciando desde luego las partes a ellos. El árbitro será designado de común acuerdo por las Partes. En caso de desacuerdo entre las Partes, las dudas o dificultades se resolverán mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Santiago A.G. que se encuentre vigente a la fecha de inicio del arbitraje. Las Partes confieren mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, proceda a designar al árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de esa Cámara. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, renunciando ambas Partes expresamente a ellos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.

DÉCIMO SEGUNDO. Ejemplares:

El Convenio se firma en dos (2) ejemplares idénticos, quedando uno (1) de ellos en poder de ARROBA y uno (1) de ellos en poder del Establecimiento.

 

  • Nombre Comercio Adherido: __________________________________

 

  • Rut de establecimiento: ________________________

 

  • Nombre represéntate legal de establecimiento: ________________________

 

  • Número Cuenta Corriente: ________________________

 

  • Banco: _______________________

 

  • Mail: ____________________

 

  • Teléfono: ___________________

 

Firma Representante Legal Establecimiento: ___________________________________

 

 

 

Firma Representante Legal ARROBA: __________________________________